Nosotros a robar, los demás a callar

 
 
Ignacio González, ese ser despreciable y de aspecto muy desagradable, nombrado a dedo presidente de la Comunidad de Madrid por la Esperanza Falangista, el mismo que disfruta del veranito en un chalet de lujo en Marbella y a la misma vez ve como muy normal y decente tirar a las familias a la calle o privatizar la salud de todos, porque hay que ser austeros, ha considerado este jueves que hay que establecer "límites" a la hora de las publicaciones de los medios de comunicación porque hay que "cuidar" el "daño" que se hace a personas e instituciones. Ya no les vale con manipular la información, ahora simplemente no hay información, no hay que hablar más que del tiempo, el último fichaje del Betis, si el niño caga bien o a cuanto está el kilo de papas en La Algaba, lo que de verdad importa vamos. <<Estamos en una situación en la que vale todo a efectos de publicación en los medios de comunicación>>, se ha quejado el desvalido González, en declaraciones a esRadio y, en este caso, ha dicho, el "daño ya está hecho". ¡Joder! ¿que si vale todo?, si no hay más que ver las portaditas del panfleto llamado períodico La Razón, auténtico parte de los requetés, gentuza siempre dispuesta a desahogar su odio heredado genéticamente, creo que se refiere a eso, ¿o me equivoco?. Gallardón es sólo un mandao en realidad, un monigote, el heredero de los de la gorra al frente del Ministerio de Injusticia ya ha pasado a la ofensiva, cual general falangista a las orillas del Ebro.
 

El borrador de Código Procesal Penal, que una comisión de expertos elaboró para cambiar la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, -tiene bemoles la cosa, 130 años con la misma ley y resulta que la cambian para dejarla más retrógrada que la anterior-, no parece muy justo, puesto que recoge tales limitaciones para los medios de comunicación que suponen una descarada mordaza contra la prensa, censura pura y dura. Los ‘expertos’ parecen partir de la falsa idea de que la corrupción no existe si no se da a conocer y, por tanto, imponen limitaciones al derecho a la información: no sólo cuando hay secreto de sumario, como hasta ahora, sino cuando lo dictaminen el juez y el fiscal. Es decir, que con ese Código, los casos Gürtel o Bárcenas no podrían ser conocidos por la sociedad como lo son ahora.
 
 
Es así de simple, si no se puede hablar de ello, nunca lo conoceremos, los jueces y fiscales podrán hacer su "trabajo" sin ningún tipo de presión social y sin que quede en evidencia a quien sirven realmente los cuervos judiciales. Dentro de poco los periodistas se especializarán en ramas de la comunicación como el deporte, el tiempo o los cotilleos, hay está el futuro, porque todo aquel que tenga la osadía de poner en duda la honorabilidad de los gerifaltes, terminará limpiando letrinas con la boca, por calumniador.

Las limitaciones al derecho a y de la información están recogidas en el Libro II (“Disposiciones generales sobre las actuaciones procesales y la mediación penal), Título III sobre “Publicidad de las actuaciones”, y a las mismas se les ha dedicado los artículos 129 a 134 de lo que tendría que se la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal. La comisión redactora de ese borrador encargado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, justifica las limitaciones -tremendas- que impone a los medios de comunicación, alegando en su “Exposición de motivos” que en el régimen de la publicidad de los casos judiciales “se ha entendido necesario establecer prohibiciones de revelación que resulten indispensables para asegurar el éxito de la investigación, la imparcialidad del Tribunal, el respeto por la presunción de inocencia, el honor y especialmente la intimidad de la víctima”.
 
Valiente serpiente taimada, "para preservar la intimidad de la víctima" dice, en caso de corrupción política las víctimas son los ciudadanos, así que mejor será que no sepamos nada, es por nuestro bien, con tanta gente forzosamente ociosa en este país parece que no tenemos nada mejor que hacer que intentar conocer la realidad de las cosas y denunciarlas, así que mejor es que no se sepa nada y a buscarse otro hobby menos molesto para el amo, es más "democrático" ¿verdad?. ¿Se puede ser más fascista e indecente? yo creo que el suavón muy cabrón del Gallardón ha dejado el listón demasiado alto, está llegando a la altura del cerdo fascista que fue su padre, aunque siendo un bastardo quien sabe si no fue el butanero su creador, si fuese así seguro que ganaría en calidad genética y su sangre no sería tan mala como la de la piara franquista a la que pertenece, aunque viendo los atentados que perpetra a diario en contra de las personas de bien de este país, parece casi seguro su pedigrí de meapilas fascista y retrógrado carpetovetónico.
 

Si estuviera ya en vigor este nuevo código que planea perpetrar Gallardón, los ciudadanos no podrían conocer ningún tipo de dato de los casos de supuesta corrupción política como el ‘caso Gürtel’ o el ‘caso Bárcenas’, y  si alguien filtrara algún tipo de documento, el filtrador (como diría Chiquito) iría directamente a la cárcel y el periodista debería pagar una multa de impresión. El resultado es que el Gobierno habría conseguido ‘eliminar la corrupción’, pero no luchando contra el corrupto hasta su desaparición, sino callando la voz a los medios de comunicación: ‘corrupción que no se publicita, corrupción que no existe’, parece que pensaron los redactores del tal borrador de reforma de la LECRIM.

Como no podía ser de otra manera, el borrador de Código Procesal Penal establece en su artículo 129 el “Principio de general de publicidad”, es decir, que el juicio oral será en audiencia pública, pero en su artículo 130 impone algunas importantes excepciones. Al igual que hasta ahora, se señala que el juicio oral podrá celebrarse a puerta cerrada “cuando ello sea necesario para la protección del orden público o de la seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes y de otros derechos y libertades lo exijan”, pero introduce una coletilla muy peligrosa: “o, en fin, en la medida en la que el tribunal lo considere estrictamente necesario, cuando por la concurrencia de circunstancias especiales la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia”. Eso quiere decir que en casos, por ejemplo, de gran corrupción política, o en otros similares, el tribunal puede decidir que se celebre a puerta cerrada, dejando sin información real de lo que ocurre al conjunto de la sociedad.
 
 
En casos como el de Urdangarín, la posible deshonra al enjuiciar a un miembro de la familia real, ahora incluso más aún con la imputación de la infanta Cristina, llevaría a una clara conclusión por parte de los cuervos. Estos escándalos deben ser absolutamente acallados por el aparato represor del estado del que ellos son parte imprescindible, no me extrañaría lo más mínimo si me enterase de que el mismo rey ha sido el que ha impuesto esta reforma de las leyes, para asegurar aún más su impunidad absoluta.
 

La presencia de los medios de comunicación en el juicio oral estaba regulada en el Artículo 131, señalando que “podrán captar y difundir imágenes generales de la sala al inicio de la audiencia pública”, pero establece que el Tribunal podrá autorizar, previa audiencia de las partes, la retransmisión al público de la imagen y del sonido del juicio oral cuando concurran en la causa especiales circunstancias de las que se derive la preponderancia del interés público en la publicidad general del juicio frente a otros intereses en conflicto.

Es decir, que la audiencia ya no es tan pública, porque deja al Tribunal el criterio de si se emite el juicio por televisión o no. En casos de corrupción política, la respuesta sería previsiblemente que no. En todo caso, el borrador obliga a que la señal difundida “habrá de ser institucional”, es decir con el tiro de cámara, etcétera que fije el Tribunal y sin recursos accesorios. Además, el borrador establece que “el Magistrado del Tribunal unipersonal o el Presidente del Tribunal tendrán el control permanente de la señal cuya desconexión podrán ordenar cuando concurran razones que lo aconsejen”. Es decir, que con sólo apretar un botón, el juez se convierte en censor cuando le apetezca.
 
Todos estos atentados contra la libertad y la justicia real deben ser anti constitucionales, por no decir inmorales, vamos digo yo, porque si no es así, la constitución española es aún más putrefacta de lo que ya creía. Graznan continuamente a favor de la transparencia, pero transforman los juzgados en salones tenebrosos, donde se conspira contra el pueblo entre las sombras del anonimato, si eso es transparencia que Odín me lo explique, aunque creo que esto escapará incluso a su sabiduría, je. :-(
 
Los mayores atentados contra la libertad de expresión están contenidos, sin embargo, en los artículos 132 y siguientes. El primero de los artículos ya establece que “excepcionalmente el órgano de enjuiciamiento, cuando fuese necesario para preservar alguna de las finalidades previstas en el artículo 130.1, podrá requerir al encausado, a testigos, a los profesionales o a cualquier tercero para que se abstenga de revelar fuera del proceso el contenido de las declaraciones o cualesquiera datos o informaciones sobre los hechos enjuiciados”.

Es el primer varapalo a la libertad de expresión: jueces y fiscales podrán promover el ‘secretismo’ en las actuaciones, incluso no mediando el ‘secreto de sumario’. Es decir, que ahora mismo, con este borrador y si el juez quiere, no se podría publicar ningún documento o información sobre Luis Bárcenas o sobre el ex ministro de Fomento, José Blanco, y por supuesto tampoco de Urdangarín y su socia.

En su punto dos se materializa la amenaza contra los medios de comunicación: “El Tribunal de Garantías podrá adoptar igual decisión a instancia del Ministerio Fiscal finalizada la fase de investigación y hasta la apertura del juicio oral. La prohibición será ratificada o alzada por el órgano de enjuiciamiento en el momento en que conozca de las actuaciones”. Y en su apartado tres se es más directo: “Durante la fase de investigación el Fiscal podrá requerir al encausado, testigos, peritos profesionales, o a cualquier tercero que haya tenido acceso a la información que convenga mantener reservada, que se abstengan de revelar fuera del proceso el contenido de las declaraciones o cualesquiera datos o informaciones sobre los hechos investigados de los que hubiere tenido conocimiento”.
 

En el caso de que tal mandato se incumpliera, el punto 4 lo aclara todo: “Si se difundiere públicamente por cualquier medio información sobre el proceso, con vulneración del secreto de las actuaciones o en su caso de los deberes de sigilo y reserva previstos en este Título, el Tribunal de oficio o instancia del Ministerio Fiscal podrá acordar, previa ponderación de los intereses en conflicto el cese de la difusión, siempre que esta pudiere comprometer gravemente el derecho a un proceso justo o los derechos fundamentales de los afectados”.

Es decir, que si alguien publica algo que el juez o el fiscal quieren que no se conozca, se prohibirá a tal medio seguir con la publicación, y si no lo hace se tendrá que atener a las consecuencias, las cuales vienen establecidas en el punto 5 de este artículo 132: “La comunicación a los afectados por las órdenes dictadas al amparo de este precepto irá acompañada de la advertencia de incurrir en eventuales responsabilidades penales en caso de incumplimiento”. Es decir, la cárcel, sin eufemismos. Un solo artículo, el 134, les basta a los redactores del borrador de Código Procesal Penal para quitarse a los medios de comunicación de en medio: la Fiscalía General del Estado podrá informar a los medios sobre el curso de una investigación “siempre que ello no ponga en peligro su éxito y el asunto sea de interés público, salvo en el caso de que la causa haya sido declarada secreta”.
 
Pero, además, se establece que “podrá proporcionar información a los medios sobre la marcha del proceso cuando la fase de investigación haya finalizado y la causa tenga trascendencia para la opinión pública, siempre y cuando no exista riesgo de perjudicar alguno de los valores mencionados en el Artículo 130.1. Mientras tanto, absoluta mordaza. Es cierto que el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha dicho que los periodistas no irán a la cárcel, sino sólo los que filtran los documentos o actuaciones, aunque los periodistas serán multados -proceso por lo civil-, y también ha dicho que se trata sólo de un borrador y que habrá cambios. Pero es que a Gallardón ya nadie le cree, este le miente hasta a su médico y tiene menos legitimidad moral que el rey pidiendo perdón por su crapuleos varios. Este nefasto ministro no es más que un mangante con uniforme de guardia, es menos de fíar que Falete al cuidado de un jamón.
 

A dejar que los cuervos hagan su "trabajito" y todos a callar. Podemos estar tres o los años que sean viendo por TV terribles asesinatos sádicamente descritos con todo lujo de detalles, mientras se celebra el juicio o anteriormente, como en el caso de Marta del Castillo, ocurrido en Sevilla, mi propia ciudad, o lo que cualquiera sabe que habrá hecho con sus hijos el militar descerebrado e innombrable ese de los niños de Córdoba. De esta manera se alimentan los sentimientos más bajunos de la población embrutecida por tantas horas de manipulación televisiva, para que diga a gritos ¡¡¡vivan las cadenas!!! y pida sin ninguna duda moral la cadena perpetua e incluso la pena de muerte o justifiquen la tortura para obtener información acerca del paradero del cadáver de la pobre niña.

Todo vale, la "democracia" no ha servido de nada, seguimos siendo tan paletos y amantes de nuestras cadenas como lo hemos sido siempre. A ningún estado se le debe dar la potestad de la vida o la muerte, del encierro perpetuo o de poder torturar, mañana le podría tocar a alguno de esos imbéciles que respetan al amo y su autoridad, entonces pedirán justicia, pero será demasiado tarde, su estupidez voluntaria será su perdición, y aún más, la de todos.
 
De este tipo de casos que buscan un fin concreto y demoníaco se puede hablar todo lo que haga falta. Estos terribles crímenes tan mórbidamente televisivos, son perpetrados por una minoría que no alcanza ni al 0´5% de la población, son producto de la depravación humana, monstruos que son fruto de nuestra sociedad enferma, gentuza que en gran medida deben su existencia criminal a un estado que inyecta veneno en sus súbditos desde la cuna. Quienes gobiernan son tan responsables de la muerte de Marta como lo son esos niñatos que nunca tuvieron educación porque sus padres tenían esa misma tara cerebral patrocinada por el estado. En lugar de rebelarnos contra los en última instancia culpables, el estado manipula nuestras mentes para que pidamos linchamiento público y denigremos así nuestra condición humana para ser más facilmente manipulables.

Sin embargo, de lo realmente importante, por ser el origen de todas nuestras desgracias, de eso no vamos a poder ni tan siquiera hablar. El estado es responsable de la existencia de sádicas alimañas humanas, porque son producto de sus políticas deshumanizadoras y denigrantes con respecto a la raza humana. La mafiocracia adapta las leyes según convenga a sus dementes fines, son juez y parte, en lugar de servir al pueblo se sirven de él para vivir opulentamente y a cara de perro, pero tú o yo que medio vivimos, no podemos abrir el pico para denunciar tanta inmoralidad y crimen organizado, porque hay que protejer el supuesto honor de mangantes probados y ya condenados por el pueblo sin necesidad de cuervos judiciales.
 
 
Fuente de la información técnica:
 
 

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